El auge de las flotas de vehículos eléctricos avanza a gran velocidad, por ello cada vez más comunidades de vecinos precisan de puntos de recarga. Así lo atestiguaba recientemente el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid), asegurando que 1 de cada 10 comunidades de propietarios ya cuentan con estos puntos de recarga de vehículos.

Cada vez son más los que nos preguntáis por la instalación de estas estaciones y nosotros recordamos que el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal se modificó con el objetivo de que este tipo de trámites fueran más sencillos. Según esta variación, la instalación de un punto de recarga para coches eléctricos en comunidades de vecinos debe ser realizada en una plaza individual de garaje. Según la nueva redacción, basta con que el vecino comunique a la comunidad su intención de instalar un punto de recarga, indicando que asumirá los gastos tanto de la instalación como del consumo que se vaya generando.

Claves a tener en cuenta

En principio no es necesario que la comunidad de vecinos autorice al interesado a realizar la instalación del punto de recarga, pero antes de iniciar la obra, es necesario valorar algunas cuestiones. Sería posible realizar una derivación desde el contador principal desde la vivienda del propietario hasta su plaza de garaje. Para ello es posible que tenga que contratar un nuevo CUPS (Código Universal de Punto de Suministro). De der así, tendrá que asumir los costes de contratar una línea eléctrica independiente.

Finvisa, ¿quiénes somos?
En Finvisa trabajamos para ofrecer la mejor calidad a las comunidades consiguiendo el máximo ahorro. Nuestro horario de atención al cliente es de 9h a 14h todos los días laborables del año. Le atenderemos en nuestras oficinas localizadas en Zaragoza, aunque si lo prefiere puede trasladarnos sus dudas a través de administracion@finvisa.es o nuestro formulario de contacto.