En este post conoceremos la normativa de instalación de aire acondicionado en comunidades. Los aparatos de aire acondicionado han pasado a ser elementos habituales en las fachadas de muchos edificios, sobre todo en las comunidades de vecinos. En el caso de que quieras instalarlo en tu vivienda podrás hacerlo si cumples con la normativa existente (ordenanzas municipales y medio ambiente).

Es aquí cuando te preguntarás: ¿puedo instalar en la fachada de mi edificio un aparato de aire acondicionado?En primer lugar debes verificar las Ordenanzas de tu Ayuntamiento, ya que aquí vendrá regulado tanto el funcionamiento, como la instalación del aparato de aire acondicionado.

Una vez verificadas, tendrás que contar con el consentimiento de los vecinos, ya que su incorporación afectaría a los elementos comunes de la Comunidad de propietarios. Es importante que todos los vecinos conozcan la normativa que rige este tipo de instalaciones.

Así lo refleja la Ley de Propiedad Horizontal: “aquellas obras que se realicen sobre elementos comunes o el uso privativo de un elemento común por alguno de los vecinos de la Comunidad requiere la aprobación por unanimidad de la Junta de Propietarios”.

La LPH permite que los propietarios fijen normas de régimen interior que serán de obligado cumplimiento y que regularán detalles tanto de la convivencia entre vecinos como de la correcta utilización de los servicios y elementos comunes. Por este motivo, desde Finvisa siempre recomendamos que los estatutos internos de cada comunidad reflejen la mayor cantidad de disposiciones posibles.

¿Qué ocurre su un vecino no está de acuerdo con la alteración de un elemento común?

En el caso de que un vecino no estuviera conforme con la alteración de algún elemento de la comunidad, tendría que acudir a su administrador de fincas y verificar si dicha modificación ha sido aprobada por unanimidad en alguna junta. Si no estuviera aprobada se debe informar al vecino que ha iniciado la obra para que deje todo como estaba al inicio.

Si el propietario no hace caso de las indicaciones se acudiría a la vía judicial (en la actualidad, las consideraciones de los jueces son muy diversas en estos casos).

¿Tienes dudas al respecto? ¡Contacta con Finvisa!

En Finvisa trabajamos para ofrecer la mejor calidad a las comunidades consiguiendo el máximo ahorro. Nuestro horario de atención al cliente es de 9h a 14h todos los días laborables del año. Le atenderemos en nuestras oficinas localizadas en Zaragoza, aunque si lo prefiere puede trasladarnos sus dudas a través de administracion@finvisa.es o nuestro formulario de contacto.