Independientemente de las ventas obtenidas, cada último día de mes, el 80% de los autónomos españoles ve en sus movimientos bancarios la retirada de 267,03 euros en concepto de Recibo Autónomos. A partir del 1 de julio, esta cuota se encarece un 3%, 8 euros más al mes o, lo que es lo mismo, 96 euros más anuales.

Según queda reflejado en el proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado, sometidos a aprobación por parte del Congreso, la base mínima de cotización se situará en los 919,80 euros mensuales. Hasta ahora, esta base estaba situada en los 893,1 euros.

Las medidas que se recogen:

  • Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos.
  • Tarifa plana para nuevos autónomos de 50 € durante el primer año, pasa de 6 a 12 meses.
  • Altas y bajas de cotización. Serán efectivas el mismo día en el que se solicitan, sin tener que pagar, por tanto, la cuota entera del mes si no han estado de alta durante la totalidad del mismo
  • Los emprendedores podrán optar otra vez a la tarifa plana dos años después de haber finalizado la actividad empresarial.
  • Se ha establecido una tarifa plana de 50 euros de cuota para las mujeres que se reincorporen al trabajo después de la baja por maternidad.
  • Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
  • Definición exacta de habitualidad. Los autónomos sabrán con total seguridad cuando están obligados o no darse de alta en el régimen especial de autónomos.
  • Se reconoce el accidente in-itenere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo).
  • Se permite la compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.
  • Devolución del exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.
  • Las organizaciones contarán con un año de plazo para entrar en el CES y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
  • Los autónomos podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades para mejorar su competitividad.
  • Reducción de los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.
  • Se permite y se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
  • Facilidades para los emprendedores con discapacidad.
  • Deducciones por la manutención: cuando afecta directamente a la actividad, con un límite de 26 euros diarios.
  • Mejoras en la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.
  • Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”.
  • Se podrán deducir un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía, siempre que se trabaje desde casa.