Según establece el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal, el presidente es un “copropietario que ostenta legalmente la representación de la Comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que le afecten”. ¿Sabes cuáles son las responsabilidades del presidente de la comunidad?:
Responsabilidades :
- Requerir el cese de actividades molestas: Ya sea por iniciativa propia o por demanda de un vecino. El Presidente de la Comunidad de Vecinos tendrá que informar al vecino de que está llevando a cabo actividades molestas.
- Secretario y Administrador de fincas: Salvo que los propietarios, por acuerdo mayoritario, dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia, éste deberá asumir las funciones de secretario y administrador de fincas.
- Convocar Junta de Propietarios: El presidente tendrá que indicarel lugar, hora y fecha de la Junta y convocar Junta, por lo menos, una vez al año.
- Cierre del acta: Deberá hacerlo en un plazo de diez días naturales desde la finalización de la reunión, para ello tendrá que incluir su firma.
- Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
- Contratar obras y servicios: Con el acuerdo de la junta de propietarios será el encargado de firmar los contratos de instalación, mantenimiento, limpieza, consejería, jardinería…
- Exigir judicialmente el pago de deudasen caso de que existan propietarios morosos.
- Representar judicialmente a la Comunidad: Siempre con la previa autorización de la junta de propietarios.
Limitaciones del Presidente de la Comunidad de Propietarios
Una duda frecuentes es si el presidente de la comunidad puede decidir por su cuenta realizar alguna obra y contratar a una empresa constructora que la lleve a cabo. comprometer el pago de un presupuesto que los vecinos desconocen. El artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal (corresponde a la Junta de propietarios):
- a) Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.
- b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
- c) Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, y ser informada de las medidas urgentes adoptadaspor el Administrador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.c).
- d) Aprobar o reformar los Estatutos y determinar las normas de régimen interior.
- e) Conocer y decidir en los demás asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común.
La respuesta la encontramos en este artículo: Es la Junta de propietarios la que tiene que decidir sobre las obras, su ejecución y los presupuestos. Solo los acuerdos aprobados de la forma correcta serán válidos y de obligado cumplimiento.
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