La cláusula suelo es una condición del banco que impide a los hipotecados beneficiarse de las caídas de euríbor en la cuota mensual. Aparece en los contratos hipotecarios y establece un tipo de interés mínimo a pagar. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TIJUE) ha considerado abusivas algunas de ellas, lo que supone que los bancos españoles deberán devolver ese dinero cobrado a los hipotecados. Pero, ¿sabes cómo se lleva a cabo esa liquidación?.
La Revista de Derecho Inmobiliario planteó recientemente esta cuestión y diferentes profesionales plasmaron sus respuestas en un foro abierto. Unas respuestas que ponen en relieve las dificultades que plantea el sistema de retroacción de la cláusula suelo.
Para ponernos en situación es importante subrayar que la mayoría de las hipotecas de nuestro país están referencias al euríbor (tasa de intereses que se calcular a nivel europeo). En la década de 2008 el euríbor alcanzó su máximo y, los clientes con hipotecas a euríbor+1 pagaban más del 6% de interés. En 2009 el euríbor inició una bajada constante pero muchos hipotecados dejaron de ver bajar sus cuotas. Así, ante la imposibilidad de aprovechar la bajada del euríbor, descubrieron que sus contratos tenían cláusula suelo.
En ese momento comenzaron las denuncias por parte de los hipotecados a las entidades financieras y, en 2013, el Tribunal Supremo dio su primera respuesta declarando nulas las cláusulas de los contratos “poco transparentes”. En 2016 el TS declaró nulas todas las cláusulas de 40 entidades y cajas, atendiendo a una macrodemanda de 15.000 afectados presentada por Adicae.
¿Cuánto dinero pueden devolver las entidades a los hipotecados?, ¿o cómo se lleva a cabo esa liquidación?. En primer lugar, debes tener en cuenta que entre los distintos sistemas de cálculo de cuotas, el francés es el que habitualmente se usa en España. Un sistema de cuotas constantes en el que siempre se paga la misma cantidad si se trata de un interés fijo pactado, o si el interés es variable esta cuota será modificada en función del tipo de interés.
La liquidación deberá presentarse por la entidad de crédito o por el ejecutado. Para solicitar la devolución de la cláusula suelo se debe presentar una demanda de juicio ordinario solicitando las cantidades indebidamente cobradas así como la nulidad previa de la cláusula. Es necesario que en la demanda se incluyan la cuantía del proceso y las cantidades que, a juicio del hipotecado, se han cobrado indebidamente.
En relación a la efectiva liquidación de las cuotas constantes de un préstamo, una parte corresponde al capital amortizado y otra a los intereses abonados. Por ello, es necesario determinar durante qué periodo se ha aplicado la cláusula suelo y qué tipo de interés variable se debería haber aplicado. Por su parte, la entidad financiera deberá rehacer el cuadro de amortización del préstamo desde el momento en el que se aplicó por primera vez el límite de la variabilidad del tipo de interés.
Si has llegado hasta este punto y sigues teniendo dudas sobre la cláusula suelo, puedes contactar con nuestros profesionales sin ningún tipo de compromiso en el 976 393 711 o en administracion@finvisa.es.