Sí. Se puede cesar al presidente de una comunidad de vecinos.

Pero, antes de llegar a esa situación, tienes que plantearte otras cuestiones importantes.

QUÉ HACER ANTES DE CESAR AL PRESIDENTE DE UNA COMUNIDAD

Si, en un momento dado, consideras que la actuación del presidente de la comunidad, no está siendo adecuada, lo mejor es intentar hablar con él. Si crees que sus actos están perjudicando a la comunidad de forma negativa, debes dialogar con él, para que te dé las explicaciones oportunas.

No podemos olvidar que, los cargos de las juntas vecinales, no son remunerados y, antes de tomar decisiones difíciles, debemos tener en consideración otros factores. El más importante, a tener en cuenta, es la buena relación entre los vecinos y la buena convivencia entre todos.

Si varios vecinos consideráis que sus decisiones no son las correctas y habéis perdido vuestra confianza en su forma de proceder, el primer paso sería tratar de hacérselo ver. Si aun así, no está de acuerdo y creéis que no hay nada que hacer, podéis plantear una remoción.

Debéis tener en cuenta que, si la remoción no está basada en una causa legítima, el presidente podría demandar a la comunidad por los daños ocasionados y podría tener consecuencias para los que la hubiesen promovido.

 

El artículo 13.7 de la Ley de Propiedad horizontal, dice lo siguiente, al respecto:

  • Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el mandato de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año.
  • Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por el acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria.

CÓMO CESAR AL PRESIDENTE DE UNA COMUNIDAD

Si antes del año que establece la Ley de Propiedad Horizontal, hay una decisión común de remoción del presidente, ésta debe realizarse siempre, mediante una Junta Extraordinaria. Y se debe indicar este punto, en el orden del día, de forma expresa.

El presidente es la persona que debe convocar las Juntas extraordinarias.

Si el tema a tratar es su revocación, será bastante probable que se oponga a celebrarla. En este caso, la cuarta parte de los propietarios (que constituyan el 25% de las cuotas de propietarios), podría convocarla.

Para hacerlo, se debe indicar la fecha y la hora de primera y segunda convocatoria. Además, se debe incluir un listado de los propietarios que deban algún pago de la comunidad, puesto que los propietarios que no estén al corriente de pagos, no tienen derecho al voto.

Para que la destitución sea posible, se debe llegar un acuerdo por la mayoría simple de los asistentes. Pero esta mayoría debe representar más del 50% del valor de las cuotas de los presentes.

Posteriormente, se elegirá y se nombrará al nuevo presidente.

Finvisa cuenta con un servicio de mediación que te ayuda en situaciones de conflicto entre propietarios y vecinos. Consúltanos si tienes alguna duda.

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En Finvisa trabajamos para ayudar a las comunidades en cuanto a normativa y seguridad.

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